El Tribunal Supremo ha dado cinco días al Gobierno —y en concreto a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares— para remitir la lista nominal de 163.020 personas afectadas por la suspensión cautelar del voto derivada de la llamada «ley de nietos», según autos del alto tribunal.
Los magistrados requieren que la relación se entregue además a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral antes del 28 de octubre de 2026 y avisan de que, si no se facilita, la Sala podrá imponer una multa coercitiva o derivar responsabilidades penales, según recoge el auto consultado por este diario.

El Supremo fija en el auto que la multa ascendería a 1.000 euros por ministro que incumpla el requerimiento y que podría reiterarse hasta la ejecución completa del fallo, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales, una advertencia que aparecía textualmente en la providencia.
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En los autos, la Sala recuerda que la Administración ha facilitado solo la cifra de 163.020 personas y que, hasta la documentación entregada el 21 de octubre, se habían revisado 31.390 expedientes de nacionalizaciones vinculadas a la ley de nietos, de los que solo se expidieron 91 certificados que avalan la condición de descendiente de exiliado.

El Tribunal enfatiza que, puesto que la Administración ha tramitado y resuelto esos expedientes, conoce la identidad de las personas y no se comprende la falta de entrega de la relación nominal, más aún con un proceso electoral convocado que podría dejar sin voto a los afectados por la inacción administrativa.
La Sala ordena además a la Oficina del Censo y a la Junta Electoral que envíen la documentación electoral a los inscritos en el CERA por la ley de nietos incluyendo una advertencia expresa: la inclusión en el censo es «con carácter provisional» y solo podrán votar quienes presenten la certificación consular acreditativa de descendiente de exiliado.
Fuentes del ministerio de Justicia han explicado, según los documentos judiciales, que se entregó el 15 de octubre a la Oficina del Censo la documentación con «todos los nombres» de los expedientes digitalizados —unas 76.000 según ese departamento— pero que no se facilitó la relación al Supremo porque hasta ahora no se había requerido expresamente. El Supremo, en cambio, reprocha que solo se aportó la cifra sin el desglose nominal.
La magistrada Alicia Millán firmó un voto particular en el que advierte de que las diligencias afectan «medularmente a la estabilidad del censo electoral» y plantean «inseguridad jurídica y operativa», postura que mantiene su rechazo a las medidas cautelares que suspendieron el derecho de sufragio a los nacionalizados por la instrucción del ministerio.
El pronunciamiento del alto tribunal incluye directrices sobre el envío y tratamiento del voto CERA para el 29‑N: las oficinas consulares deberán disponer del listado resultante tras las correcciones ordenadas por el Supremo y separar la documentación de quienes no aparezcan en ese listado para su posterior remisión y constancia en acta.
Esta disputa judicial entre el Supremo y el Gobierno se produce en plena campaña y alimenta recursos y actuaciones relacionadas con la ley de nietos; causas conexas han sido presentadas ante el Tribunal Constitucional por partidos y defensores institucionales en semanas anteriores.
En relación con esta controversia, puede consultarse también la noticia sobre el recurso ante el TC por la suspensión del voto de Ángel Gabilondo en esta misma cabecera.
Fuentes
- El Independiente — informó del auto del Supremo que obliga a remitir la lista de 163.020 afectados y del apercibimiento de multa coercitiva.
- EL PAÍS — documentó los datos de 31.390 expedientes revisados y los 91 certificados expedidos, y recogió las directrices sobre el tratamiento del voto CERA.










